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Deducción por maternidad: Ahora también para las guarderías sin autorización educativa

por Luis Lozano ,
Deducción por maternidad: Ahora también para las guarderías sin autorización educativa© Shutterstock/Nina Lishchuk

Siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, dicha deducción contempla en el IRPF para madres con hijos menores de tres años.

Apenas quedan unos meses para el inicio de la campaña de la declaración de la Renta, aunque acabamos de comenzar el año presente. Por lo tanto, es importante estar al tanto de las deducciones a las que acogerse en cada caso. En ese sentido, la deducción por maternidad es una de las que están en vigor, la cual implica una cuota diferencial y un posible aumento por gastos de centros de educación infantil o guardería. Estas deducciones, que son contempladas por la Agencia Tributaria, se amplían hasta un máximo de 1,000 euros.

Por su parte, el importe máximo es de 1,200 euros anuales por cada hijo, y se calcula "de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos". Tal y como indica la Agencia Tributaria en su página web, la deducción corresponde a "las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes".

Lo anterior es aplicable si cumplen con estar dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad en el momento del nacimiento, percibir alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo también en el momento del nacimiento, y estar dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados en cualquier momento posterior al nacimiento.

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En cuanto al aumento de la deducción por maternidad para gastos de guardería o centros de educación infantil, una sentencia del Tribunal Supremo amplía la cobertura de la deducción a todas las guarderías, incluso aquellas que no cuentan con autorización como centro educativo otorgada por la Administración competente. Esto es relevante, ya que la mayoría de estos centros no imparten educación infantil.

El Supremo, según la explicación del BBVA, considera que la inscripción a todas las guarderías, siempre que estén homologadas como centro de custodia de menores, será deducible en el IRPF, ya que este requisito impuesto por la AEAT y no incluido por la ley del IRPF "restringe las opciones de las madres trabajadoras para poder disfrutar de esta deducción".

Luis Lozano
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